Ambos están obligados a su pago salvo que el juez en sentencia imponga este pago al cónyuge que se adjudique el uso del inmueble. Ahora bien, en tal caso el excónyuge no adjudicatario siempre podrá reclamar al otro dichos gastos.
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Pago de gastos de la comunidad por el conyuge que se adjudica el uso de la vivienda tras el divorcio
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